¿Hay que declarar la venta de un coche a Hacienda?

Emma Oporto 14 de septiembre de 2026
¿Hay que declarar la venta de un coche a Hacienda?

Hay que declarar la venta de un coche a Hacienda únicamente cuando la operación genera una ganancia patrimonial, es decir, cuando el precio de venta supera al de compra. Por norma general, la mayoría de las ventas no llegan a ese caso. En este artículo repasamos en qué casos sí toca tributar por ella, cómo calcularlo y qué otros trámites conviene tener en cuenta al vender un vehículo.

¿Cuándo hay que declarar la venta de un coche?

Hay que declarar la venta de un coche cuando se obtiene una ganancia patrimonial, es decir, cuando se vende por más dinero del que costó comprarlo. Es el único factor que determina la obligación, según establece la Ley 35/2006 del IRPF.

En la práctica, la mayoría de los coches se venden por debajo de su precio de compra debido a la depreciación por el uso. Un coche puede perder cerca de la mitad de su valor en los primeros cuatro o cinco años, y solo por salir del concesionario ya pierde alrededor de un 10%. Cuando ocurre esto, no hace falta incluir la operación en la Renta, puesto que se trata de una pérdida por consumo, no de una pérdida patrimonial compensable.

Existen, sin embargo, algunas situaciones en las que sí suele generarse beneficio y, por tanto, toca tributar por él.

  • Vehículos clásicos o históricos que se revalorizan con el tiempo.

  • Ediciones limitadas o modelos coleccionables.

  • Coches a los que se les han hecho mejoras que aumentan su valor de forma notable (cambiar el motor por uno más potente, hacer un tuning, etc.)

¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial de la venta de un coche?

La ganancia patrimonial de la venta de un coche se calcula restando el valor de adquisición al valor de transmisión. La fórmula es la siguiente.

Ganancia patrimonial = Valor de transmisión Valor de adquisición

El valor de adquisición incluye el precio de compra más el impuesto de matriculación, el IVA o ITP pagado y las mejoras que hayan aumentado el valor del vehículo (no se incluyen los gastos de mantenimiento ni las reparaciones ordinarias). Si el coche se financió, los intereses del préstamo tampoco se pueden sumar a este valor. Si el coche se heredó o se recibió como donación, este valor será el que conste en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El valor de transmisión es el precio de venta, al que se pueden restar los gastos directamente vinculados a la operación como, por ejemplo, las comisiones de venta o los anuncios.

Si no está claro cuánto vale realmente el coche a día de hoy, conviene saber si es recomendable tasarlo antes de venderlo; partir de una cifra fiable es el primer paso para calcular la posible ganancia. También se puede hacer una tasación directamente.

Estos ejemplos ayudan a verlo con claridad.

Escenario Precio de compra Precio de venta Resultado ¿Tributa?
Venta con pérdida (lo más habitual) 18.000 € 12.000 € Pérdida de 6.000 € No
Coche clásico revalorizado 8.000 € 14.000 € Ganancia de 6.000 €
Coche con mejoras que aumentan su valor 15.000 € (+3.000 € en mejoras) 20.000 € Ganancia de 2.000 €
Coche heredado, vendido después con pérdida 10.000 € (valor en Sucesiones) 8.000 € Pérdida de 2.000 € No

 

Así pues, un coche clásico comprado en 2021 por 15.000 euros y revalorizado hasta los 18.500 euros en el momento de venderlo deja una ganancia patrimonial de 3.500 euros, la cual tiene que incluirse en la Renta del ejercicio en el que se produjo la venta. Si esa misma venta se hubiera cerrado en 12.000 euros, como ocurre en la mayoría de los coches no revalorizados, no habría ganancia alguna y, por consiguiente, nada que declarar.

¿Cuánto se paga de IRPF por la venta de un coche?

El porcentaje que se paga depende del importe de la ganancia patrimonial, pues la base del ahorro del IRPF tributa de forma progresiva por tramos. Esa ganancia se declara en la Renta del ejercicio en el que se vendió el coche. Para la Renta 2025-2026, estos son los tramos vigentes.

Ganancia patrimonial Tipo impositivo
Hasta 6.000 € 19%
De 6.000 € a 50.000 € 21%
De 50.000 € a 200.000 € 23%
De 200.000 € a 300.000 € 27%
Más de 300.000 € 30%

Estos tipos son progresivos, así que cada tramo del beneficio tributa a su porcentaje correspondiente, no al más alto sobre el total. Los tramos actuales, tras la subida del último tramo del 28% al 30% introducida por la Ley 7/2024, pueden consultarse también en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Hay que declarar la venta de un coche entre particulares?

Sí, en este tipo de operaciones se aplican exactamente las mismas reglas, y solo toca tributar si hay ganancia patrimonial. No influye que el comprador sea un particular, un profesional o un concesionario; lo único relevante es la diferencia entre lo que costó el vehículo y lo que se ha obtenido por él.

En una compraventa entre particulares, es el comprador quien debe hacerse cargo de los impuestos de comprar un coche de segunda mano, como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuya cuantía varía según la comunidad autónoma. El vendedor, por su parte, solo tiene obligaciones fiscales si ha obtenido beneficio. Conviene también formalizar bien el contrato de compraventa del coche, documento que servirá como respaldo tanto para Hacienda como para la DGT.

¿Hay que declarar la venta de un coche heredado?

Un vehículo heredado sigue el mismo criterio que cualquier otro, y solo genera obligación fiscal si produce ganancia patrimonial. La diferencia está en cómo se calcula el valor de adquisición, que en este caso no es un precio de compra, sino el que se declaró en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Si más adelante se vende por un importe inferior a ese valor, se genera una pérdida y no hay nada que incluir en la Renta. Si se vende por encima, sí existe beneficio y deberá reflejarse en la declaración. Se pueden consultar todos los trámites para vender un coche heredado antes de ponerlo a la venta. Si el vehículo no se heredó, sino que fue un regalo, las reglas de valoración son similares a las que se aplican al regalar un coche.

¿Cómo se declara la venta de un coche de empresa o de autónomo?

La venta de un coche de empresa o de autónomo no sigue las reglas de una venta entre particulares. Cuando el vehículo está afecto a la actividad económica, la operación lleva IVA y se trata como cualquier otra venta del negocio, no como una simple ganancia patrimonial.

Esto contrasta con lo que ocurre cuando vende un particular. En ese caso, el comprador asume el ITP, la operación no lleva IVA y el vendedor, salvo excepciones, no tiene obligaciones fiscales más allá de la ganancia patrimonial si la hubiera.

Cuando quien vende es una empresa o un autónomo, en cambio, se considera una entrega de bienes sujeta a IVA. En consecuencia, hay que emitir una factura repercutiendo el impuesto al comprador e incluir esa venta en la liquidación trimestral correspondiente.

El beneficio o la pérdida de la operación, además, no se calcula igual que en una venta particular, sino comparando el precio de venta con el valor neto contable del vehículo (el precio de compra menos las amortizaciones ya aplicadas). Ese resultado tributa en el IRPF si se es autónomo, o en el Impuesto de Sociedades si la venta la realiza una Sociedad Limitada (SL) o una Sociedad Anónima (SA).

¿Cómo se declara la venta de un coche en la Renta?

Cuando hay ganancia patrimonial, esta se incluye en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales de la declaración correspondiente al ejercicio en el que se produjo la operación. Ahí se suma al resto de ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de otros bienes, como inmuebles o acciones, y se calcula el tipo aplicable según los tramos de la base del ahorro.

Es recomendable conservar toda la documentación del coche relacionada con la compra y la venta (facturas, contrato de compraventa, justificantes de mejoras) por si Hacienda solicita acreditar el cálculo en algún momento posterior.

¿Hay que declarar la venta de un coche a la DGT?

Sí, siempre hay que notificar la venta de un coche a la DGT (el cambio de titularidad), independientemente de si hay que tributar por ella ante Hacienda. Son dos trámites distintos e independientes, y confundirlos es uno de los errores que más se dan al vender un vehículo.

Aspecto Ante Hacienda (IRPF) Ante la DGT
¿Cuándo es obligatorio? Solo si hay ganancia patrimonial Siempre, en toda venta
¿Qué se comunica? El beneficio o la pérdida de la operación El cambio de titularidad del vehículo
Plazo En la renta del ejercicio de la venta Los días posteriores a la venta
Consecuencia de no hacerlo Sanción si había beneficio no incluido Multas de tráfico a nombre del antiguo propietario

Es decir, aunque no exista ganancia patrimonial y, por tanto, no haya nada que tributar, siempre conviene tramitar el cambio de titularidad del coche (o formalizarlo ante un gestor o notario). Esto evita precisamente que las sanciones o notificaciones del nuevo propietario sigan llegando a nombre de quien vendió el coche.

Conviene también avisar a la aseguradora antes de cerra la venta, ya sea para traspasar el seguro al comprador o para aprovechar la parte no consumida en el seguro de otro vehículo.

¿Qué pasa si no declaro la venta de un coche?

Si no se declara la venta de un coche cuando existía obligación de hacerlo, Hacienda puede iniciar un procedimiento de comprobación e imponer sanciones de entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada, además de intereses de demora y posibles recargos por presentación fuera de plazo. Lo anterior solo aplica si había ganancia patrimonial; si la venta se hizo con pérdida, no hay nada que declarar ni, por tanto, nada que sancionar.

Si, en cambio, el problema es no haber notificado el cambio de titularidad a Tráfico, las consecuencias son distintas. En este caso, el vehículo sigue figurando a nombre de quien lo vendió, por lo que las multas, los impuestos de circulación o las notificaciones futuras podrían seguir llegando, aunque ya no se sea el propietario.

 

Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal cualificado para casos particulares.

 

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Preguntas frecuentes sobre declarar la venta de un coche

¿Tengo que declarar la venta de mi coche?+

Solo si con la venta se obtiene una ganancia patrimonial, es decir, si el precio obtenido es superior al de compra más los gastos asociados. Si se vende por menos de lo que costó, no hay obligación de incluirlo en la Renta.

¿Hay que declarar a Hacienda la venta de un coche?+

Sí, pero únicamente cuando existe beneficio. La Agencia Tributaria no exige incluir en la declaración las ventas que se realizan con pérdida, que es lo más habitual entre particulares.

¿Debo declarar la venta de un coche si lo vendo por menos de lo que costó?+

No. Las pérdidas derivadas de este tipo de operaciones se consideran pérdidas por consumo y no son deducibles ni compensables en el IRPF. Por ende, no es necesario incluirlas en la declaración.

¿Vender un coche de segunda mano tiene alguna particularidad fiscal?+

No, sigue exactamente las mismas reglas que cualquier otra venta de vehículo, y tributa solo si hay ganancia patrimonial, con independencia de la antigüedad o el kilometraje del coche.

¿Y si me doy cuenta más tarde de que debía haberlo incluido?+

Si se detecta el error antes de que lo haga Hacienda, se puede presentar una declaración complementaria para regularizar la situación y reducir el importe de posibles recargos frente a una comprobación posterior.

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